Ejercicios de profesiones que exigen titulación especial al extranjero
Comentario de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Córdoba, de 15 de enero de 2007, núm. 28/2007
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5725Palabras clave:
extranjeros, autorización de residencia y trabajo, titulaciónResumen
Trabajo de extranjeros. Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Ejercicio de profesión que exige titulación especial al extranjero. Interpretación. Empresario que solicita una autorización de residencia y trabajo a un extranjero que cumple con los requisitos exigidos en la oferta de trabajo y acredita la experiencia. La expresión de posesión de titulación específica no debe entenderse en el sentido de titulación académica, administrativa o de otra índole determinada, sino como posesión de los conocimientos y/o de la experiencia necesaria para el desempeño del puesto de trabajo en cuestión. Es prueba suficiente de su capacitación la certificación de la empresa contratante, cuando se trata, como en el presente caso, de profesiones con un marcado carácter práctico (especialidad de mosaiquista), lo que convierte la prueba de la titulación en un requisito de difícil o imposible acreditación incluso para los trabajadores españoles.