Las razones organizativas y económicas de la empresa como límite a la concreción horaria: la reducción de jornada por necesidades de conciliación

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas 243/2020, de 14 de febrero

Autores/as

  • Sarai Rodríguez González Profesora contratada doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Instituto Universitario de Estudios de las Mujeres. Universidad de La Laguna (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1060

Resumen

La promoción y garantía del disfrute de los derechos de conciliación de la vida personal y laboral, especialmente los de vertiente presencial (adaptaciones y reducciones de jornada), ha sido considerada como una necesidad prioritaria en aras de la consecución de los objetivos de igualdad entre hombres y mujeres por lo que respecta a las oportunidades en el mercado laboral y a la igualdad de trato en el trabajo.

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Publicado

07-05-2020

Cómo citar

Rodríguez González, S. (2020). Las razones organizativas y económicas de la empresa como límite a la concreción horaria: la reducción de jornada por necesidades de conciliación: Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas 243/2020, de 14 de febrero. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (446), 153–159. https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1060

Número

Sección

Diálogos con la jurisprudencia