¿El (in)cumplimiento laboral se pone serio?: entre disuasión y criminalización
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2023.18647Resumen
1. ¿Un derecho subjetivo sociolaboral vale solo lo que sus garantías jurídicas de efectividad?: hacia un rearme extramuros de la reforma laboral. Conforme a un tópico muy asentado en la cultura jurídica, de origen kelseniano, el reconocimiento normativo de un «derecho subjetivo» vale tanto como las «garantías» jurídicas de cumplimiento de las que venga revestido, desplazando, e incluso reduciendo, su existencia real (como un poder jurídico real individual) a la efectividad de su garantía. Aunque en fechas recientes se han introducido (Ferrajoli, 2004) matices a esa visión fáctica, defendiendo claramente que el derecho existe como tal desde que se reconoce, generando la obligación (jurídica y de coherencia) para las leyes de establecer, mediante nuevos actos normativos (deber ser normativo), las técnicas (garantías) adecuadas para asegurar el cumplimiento de los fines y la satisfacción de las expectativas generadas por las leyes.
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