La reordenación de las normas sobre empleo en un texto refundido: Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2016.1994Palabras clave:
empleo, políticas activas, Sistema Nacional de Empleo, coordinación de políticas de empleo, intermediación laboralResumen
No parecía una necesidad imperiosa que se refundiera la normativa en materia de empleo. Sin embargo, el ejecutivo, con base en la Ley 20/2014, de 29 de octubre, ha estimado lo contrario. Así, se ha publicado el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo, que recoge fundamentalmente la anterior Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, con algunas modificaciones de bajo perfil, e incorpora en el articulado otras disposiciones contenidas en otros preceptos sobre empleo.
Así pues, son pocos los cambios respecto de la anterior ley, si bien siempre es de agradecer que al menos se actualice y se complete su contenido para una mayor eficacia en la aplicación.
En el presente comentario, se analizarán diversos apartados del nuevo texto refundido sobre el empleo. En particular si era necesario un nuevo texto que lo regule. Otra cuestión de importancia que será examinada es la de la eficacia de la coordinación entre políticas de empleo (activas y pasivas) así como respecto de las diversas Administraciones públicas que asumen competencias en esta materia.
Y en fin, se realizará un estudio sobre el nuevo texto refundido en aquellos aspectos que puedan resultar de mayor interés. Finaliza el análisis haciendo una valoración global acerca de la oportunidad de la refundición y de si realmente supone una auténtica reordenación de la regulación nacional en materia de empleo.