La resolución extemporánea del FOGASA: El valor del silencio administrativo y órgano judicial competente para conocer sobre la reclamación de intereses

Autores/as

  • Eduardo E. Taléns Visconti Profesor Investigador «Atracció de Talent» de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat de València (España)
  • Belén Andrés Segovia Doctoranda en Derecho Administrativo. Universitat de València (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2754

Palabras clave:

Fondo de Garantía Salarial, silencio administrativo, pago tardío, competencia judicial, intereses

Resumen

En el presente trabajo nos ocuparemos de resolver dos importantes cuestiones interpretativas que giran en torno a la resolución extemporánea del Fondo de Garantía Salarial cuando la normativa laboral le asigna responsabilidad en el pago de créditos salariales de los trabajadores. En concreto, trataremos de otorgar valor al silencio administrativo de este organismo y atribuir la competencia al órgano jurisdiccional que corresponde conocer sobre la reclamación de intereses por este hecho.

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Publicado

07-11-2015

Cómo citar

Taléns Visconti, E. E., & Andrés Segovia, B. (2015). La resolución extemporánea del FOGASA: El valor del silencio administrativo y órgano judicial competente para conocer sobre la reclamación de intereses. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (392), 45–68. https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2754