Las modificaciones en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos

(A propósito de las medidas de Seguridad Social contenidas en el Estatuto del Trabajo Autónomo y en la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se integran en el Régimen de Autónomos a los trabajadores por cuenta propia agrarios)

Autores/as

  • José Antonio Panizo Robles Administrador Civil del Estado. Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5683

Palabras clave:

trabajo autónomo, trabajador autónomo económicamente dependiente, acuerdos de interés profesional, protección social, bonificaciones, accidente in itinere, sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios, Consejo del Trabajo Autónomo

Resumen

El trabajo autónomo –que tiene una importancia básica en el entorno social y económico, como puede deducirse simplemente del número de afiliados al Régimen Especial de Autónomos, que en el mes de junio de 2007 alcanza la cifra de 3.132.508 personas– ha experimentado unas fuertes transformaciones que lo hacen muy diferente al que existía hace algunas décadas. Estos cambios también han incidido en los mecanismos de protección social correspondientes a los mismos –el mencionado Régimen Especial– los cuales han experimentado sensibles mejoras en las últimas décadas, dentro del proceso de convergencia entre Regímenes, proclamado ya en la propia Ley General de la Seguridad Social y que ha tenido un impulso mayor con el Pacto de Toledo y los diferentes Acuerdos sociales que se han suscrito desde entonces.

Estos cambios tienen su plasmación normativa con la reciente publicación del Estatuto del Trabajo Autónomo, aprobado por la Ley 20/2007, de 11 de julio, que recoge todo un conjunto de medidas que extienden sus efectos mas allá de los límites estrictos de la Seguridad Social, para regular el régimen profesional del trabajador autónomo (delimitando los derechos y los deberes de los mismos) con especial incidencia en el denominado «autónomo económicamente dependiente», los derechos colectivos de tales trabajadores –previendo sus derechos de asociación y determinando la representatividad de las asociaciones respectivas–, la protección social de los autónomos o los mecanismos de fomento y promoción del trabajador autónomo. Es precisamente el análisis del LETA, con especial incidencia en el ámbito de la Seguridad Social, el objeto básico de este estudio.

En paralelo, y también con incidencia en los trabajadores autónomos que prestan su actividad en el sector agrario, la Ley 18/2007, de 4 de julio (que lleva al ordenamiento jurídico el contenido del Acuerdo alcanzado entre la Administración y las organizaciones agrarias más representativas, en octubre de 2005) incorpora, con efectos de 1 de enero de 2008, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia a los trabajadores agrarios autónomos, integración que resulta compatible con el establecimiento de determinadas especialidades en materia de cotización, a través de un «sistema especial» adecuado a las peculiaridades de la actividad agraria, cuyas características básicas se analizan en el apartado III de este estudio.

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Publicado

07-09-2007

Cómo citar

Panizo Robles, J. A. (2007). Las modificaciones en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos: (A propósito de las medidas de Seguridad Social contenidas en el Estatuto del Trabajo Autónomo y en la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se integran en el Régimen de Autónomos a los trabajadores por cuenta propia agrarios). Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (293-294), 45–114. https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5683

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