Tiempo de presencia y horas extraordinarias

Comentario a la STS, Sala de lo Social, de 20 de febrero de 2007, rec. núm. 3657/2005

Autores/as

  • Jesús González Velasco Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Magistrado (España)
  • Paz Vives Usano Profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Centro Universitario Luis Vives. CEU (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5689

Palabras clave:

conductores de representación, retribución, jornada, horas de presencia o espera, horas extraordinarias

Resumen

Convenios Colectivos. Personal laboral de la Generalidad de Cataluña. Conductores de representación. Retribución de las horas de presencia o espera. Solo se abonarán como ordinarias en la medida en que excedan del límite de la jornada máxima legal.

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Publicado

07-07-2007

Cómo citar

González Velasco, J., & Vives Usano, P. (2007). Tiempo de presencia y horas extraordinarias: Comentario a la STS, Sala de lo Social, de 20 de febrero de 2007, rec. núm. 3657/2005. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (292), 143–154. https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5689