Igualdad de género, conciliación familiar y laboral y Seguridad Social (a propósito de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres)

Autores/as

  • José Antonio Panizo Robles Administrador Civil del Estado. Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5713

Palabras clave:

acciones positivas, conciliación, igualdad, maternidad, paternidad

Resumen

El objetivo de alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres en los diferentes órdenes de la vida ordinaria, evitar las conductas y los preceptos discriminatorios y lograr que la igualdad trascienda en los ámbitos sociales, económicos, culturales o políticos, posibilitando al tiempo la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, es el amplio objetivo al que se dirige la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOI).

En una estrategia transversal, y con la finalidad de lograr la realización efectiva del principio de igualdad de trato y la eliminación de toda discriminación contra la mujer, la Ley contempla un conjunto de medidas en todos los órdenes de la vida política, jurídica y social, reconociendo al tiempo el derecho a la conciliación de la vida personal y laboral y el fomento de una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de las obligaciones familiares, estableciendo la representación equilibrada entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de las Administraciones Públicas, y proponiendo una composición equilibrada de hombres y mujeres en las listas electorales, sancionando las conductas discriminatorias por razón de sexo como nulas, regulando la indemnidad cuando se produce la conducta discriminatoria, mediante cláusulas de protección jurisdiccional efectiva. Y dentro de este conjunto de modificaciones legales, también resultan afectados los ámbitos sociolaborales y de Seguridad Social.

En este trabajo se pretende analizar la «Ley de Igualdad» en los ámbitos sociolaborales, efectuándose en la primera parte unos comentarios sobre el principio de igualdad de género y la prohibición de discriminación, para luego destacar la aplicación del principio de igualdad de género en los ámbitos laborales, así como la incidencia en esa parcela de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. En una segunda parte, se analizan aquellos aspectos de la LOI con un mayor efecto en la Seguridad Social, a través de las suspensiones de la relación laboral en los casos de riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, riesgo durante la lactancia o cuidados de familiares.

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Publicado

07-05-2007

Cómo citar

Panizo Robles, J. A. (2007). Igualdad de género, conciliación familiar y laboral y Seguridad Social (a propósito de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres). Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (290), 3–98. https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5713

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