Nuevo régimen jurídico de «extranjería» e «inmigración» en España: análisis y valoración de la reforma

Autores/as

  • Cristóbal Molina Navarrete Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social Universidad de Jaén (España)
  • Gloria Esteban de la Rosa Profesora Titular de Derecho Internacional Privado Universidad de Jaén (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2001.8439

Resumen

La promulgación de la LO 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros y «su integración social» pretendió, ciertamente con una técnica de redacción legislativa defectuosa en extremo, dar satisfacción a esta nueva perspectiva o nuevo enfoque regulador a un fenómeno social hasta entonces desconocido en todas sus dimensiones: la inmigración estructural. La rigidez y formalidad de la legislación tradicional debía dar paso a otra que conceptual, normativa y operativamente pusiera el acento en la integración social y cultural de algunas categorías de inmigrantes. Nuestra legislación quedó desfasada, no sólo en el plano conceptual, sino también en cuanto marco coherente para regular la inmigración, pues no lo asume como un nuevo fenómeno de población con características singulares y con conexiones con otros fenómenos críticos en el plano socio-económico (vg. segmentación del mercado de trabajo, exclusión social).

Precisamente, una de las principales claves de comprensión de esta realidad se situaba mucho más allá de la tradicional política de control de flujos, pues una vez confirmado el carácter no temporal sino permanente de una parte considerable de la población inmigrante de nuestro país, la «integración social» del trabajador inmigrante, tanto del que ya convivía entre nosotros y de aquellos inmigrantes nuevos que accedieran a nuestro territorio de forma legal, se convertía en un objetivo prioritario. La polémica reforma de aquella ley, llevada a cabo por el Gobierno del PP -aunque finalmente con apoyo de CiU y CC-, parece querer volver a planteamientos y modelos ya superados, al «avanzar» más en la dirección de la LOEx/1985 que en la de la LOExIS/2000. La desincentivación de las situaciones de irregularidad y la batalla a las redes ilegales de tráfico de mano de obra parecen ser las líneas básicas de actuación, inspiradoras de la nueva regulación.

Ahora bien, esta lucha contra la irregularidad vuelve a trasladarse, aunque sólo en parte, a la persecución de los extranjeros en situación irregular, a diferencia de lo que había sucedido en la lógica de la versión originaria, centrada en buscar vías para facilitar una regularización estable. Con la nueva LOExIS se vuelve a dificultar el acceso a la situación de legalidad, así como su mantenimiento, se reduce el catálogo de derechos cuyo ejercicio se reconocía a los inmigrantes en situación irregular, y se pretende retornar a un sistema de sanciones que abre la vía a un uso sistemático de la expulsión de aquellas personas que se encuentren sobrevenidamente en situación irregular, pues la irregularidad inicial, aún consumada, se «sancionará» con la devolución o el retorno.

El siguiente comentario pretende, pues, y sin esperar a la aprobación del Reglamento de Ejecución, ya en fase avanzada de elaboración, llevar a cabo una primera valoración de los diversos preceptos que integran el cuerpo de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (LOExIS), para lo que se ha seguido la propia estructura, compleja y densa de la ley. El intensísimo, y en buena medida lastrado debate ideológico, debate derivado de esta reforma, cuya legitimidad y validez ya han sido cuestionadas formalmente ante el TCo., hace particularmente útil, necesario y urgente un buen análisis del texto legal. Se trata de huir tanto del radicalismo garantista que se ha apoderado de un amplísimo sector de analistas, pero con escaso rigor «científico», cuanto del renovado formalismo legalista que de nuevo ha invadido a otro sector, y en particular a los responsables de la Ley, si bien se han visto obligados de inmediato a rectificar ante la tozudez del hecho inmigratorio. Este fenómeno social genera un conflicto para el que no cabe más respuesta que la que finalmente terminó triunfando un siglo antes respecto del movimiento obrero: la integración social mediante su canalización jurídica.

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Publicado

07-06-2001

Cómo citar

Molina Navarrete, C., & Esteban de la Rosa, G. (2001). Nuevo régimen jurídico de «extranjería» e «inmigración» en España: análisis y valoración de la reforma. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (219), 3–84. https://doi.org/10.51302/rtss.2001.8439

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