El alcance subjetivo del programa de renta activa de inserción para el año 2005: un nuevo estancamiento en el proceso de universalización subjetiva
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2005.8963Resumen
El Real Decreto 205/2005, de 25 de febrero, que regula para el año 2005 el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo ha sido poco ambicioso a la hora de delimitar el ámbito subjetivo de la renta activa de inserción, habiéndose limitado a transponer casi literalmente lo ya previsto en los anteriores programas de renta activa de inserción. La única novedad introducida por dicho programa ha sido la previsión de que los beneficiarios de pensiones de invalidez no contributiva puedan ser incorporados al programa siempre que cumplan los requisitos adicionales exigidos por dicha norma. Llama especialmente la atención la escasa incidencia de este programa en la determinación del ámbito subjetivo de la renta activa de inserción si se tienen en cuenta las importantes modificaciones que dicho programa ha introducido en otros aspectos de dicha prestación, como, por ejemplo, la ampliación de la duración máxima de la renta a 11 meses, la reducción del período de espera para iniciar el cobro de la renta de 3 a 1 mes, la previsión de una ayuda para incentivar el trabajo, la simplificación de la tramitación del programa, el régimen de compatibilidades e incompatibilidades, etcétera.
Esta circunstancia pone de manifiesto la voluntad de los poderes públicos de cerrar definitivamente o, al menos, estabilizar el ámbito subjetivo de la renta activa de inserción, introduciendo únicamente algunas mejoras técnicas, pero sin introducir cambios sustanciales que puedan afectar a la propia configuración y/o naturaleza de esta prestación. En consecuencia, una vez estabilizado el ámbito subjetivo de la renta activa de inserción, es el momento adecuado para efectuar una valoración crítica del mismo, que nos permita determinar si satisface las finalidades primarias de esta prestación, a saber: establecer una ayuda a favor de los desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo. En otros términos, se trata de analizar hasta qué punto la renta activa de inserción constituye una fórmula adecuada y suficiente para garantizar la protección de los diferentes colectivos desfavorecidos, próximos a situaciones de exclusión social e, incluso, próximos a la pobreza que se pueden identificar en nuestra sociedad.