Juzgando con perspectiva de género: flexibilización de los requisitos de acceso a la prestación de incapacidad temporal tras el disfrute de excedencias por cuidado de hijo o hija

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja 7/2019, de 10 de enero

Autores/as

  • María del Carmer López Aniorte Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Murcia (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2019.1328

Resumen

El artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece el régimen jurídico de una de las medidas de conciliación entre la vida laboral y familiar previstas en el ordenamiento laboral español, la excedencia para el cuidado de hijo o hija por naturaleza y adopción –extensiva a los supuestos de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente–, siendo su duración máxima de 3 años, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.

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Publicado

07-04-2019

Cómo citar

López Aniorte, M. del C. (2019). Juzgando con perspectiva de género: flexibilización de los requisitos de acceso a la prestación de incapacidad temporal tras el disfrute de excedencias por cuidado de hijo o hija: Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja 7/2019, de 10 de enero. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (433), 197–206. https://doi.org/10.51302/rtss.2019.1328

Número

Sección

Diálogos con la jurisprudencia