La retirada del derecho administrativo sancionador en la explotación laboral del trabajador extranjero
Comentario a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Teruel 4/2018, de 5 de abril
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2018.1570Abstract
La sentencia, al hilo de una posible quiebra del principio de ne bis in idem, se mueve en dos frentes normativos que debe armonizar. De un lado, el penal, que aplica el artículo 311.1.º del Código Penal (CP), que regula el delito de explotación laboral y castiga con las penas de prisión de 6 meses a 6 años y multa de 6 a 12 meses a: