Nuevo texto de la Ley General de la Seguridad Social
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.1995.18287Abstract
El Título III regulador de la protección por desempleo, se subdivide en siete Capítulos, de los que los cinco primeros de forma separada, inciden en la regulación, tanto de las normas generales, como del nivel contributivo, nivel asistencial, régimen de las prestaciones y régimen financiero y gestión de estas prestaciones.
Tal vez sea ésta una de las novedades fundamentales de la Ley de 1994: la incorporación en tal texto mediante refundición, de normas de toda la materia que con anterioridad quedaban recogidas a través de normas separadas. Todo ello en función de las previsiones establecidas tanto en la Ley 22/1992, de 30 de julio, sobre fomento del empleo y protección por desempleo como en la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo.
La protección por desempleo como tal, podría interpretarse en sentido amplio «como situación temporal de desocupación en que se encuentra una persona, cualquiera que sea la causa que la motive y cualquiera que sea la condición laboral de la persona (asalariada, autónoma), tratándose de una situación equivalente a estar sin empleo, siendo indiferente el origen, la causa, el motivo de la carencia de empleo»; se entiende por desempleo, aquella situación en que se halla quien, siendo habitualmente trabajador por cuenta ajena y encontrándose apto para trabajar, ha de permanecer ocioso y sin prestar sus servicios por causa independiente de su voluntad.