¿Está limitada la indemnización del daño moral causado por acoso laboral a un funcionario en el orden social?
Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 2 de junio de 2015, rec. núm. 887/2015
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2692Abstract
Una de las principales novedades que introduce la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) es la dispuesta en su artículo 2 e). A su tenor, también los funcionarios podrán litigar en esta jurisdicción en igualdad de condiciones que los trabajadores por cuenta ajena, y podrán reclamar también en ella la responsabilidad derivada de los daños sufridos como consecuencia del incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.