El Derecho del Trabajo en España a partir de la transición

Authors

  • Luis Enrique de La Villa Gil Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social en la UAM Abogado Ejerciente (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2003.8615

Abstract

1. La creencia, nada infrecuente, de que el ordenamiento laboral ha nacido y ha adquirido desarrollo en momentos económicos de esplendor, mientras que se ha deteriorado o deteriora en períodos de coyuntura adversa, no se tiene de pie. El ordenamiento laboral es obra de los tiempos, ha nacido por exigencias políticas cuando el conflicto industrial no era soluble por los métodos unilaterales impuestos por la tradición y, a partir de ahí, ha evolucionado traumática y asimétricamente, a salto de mata, podría decirse, para fortalecerse poco a poco y acabar conformándose como una de las ramas más pujantes del ordenamiento jurídico. Si se repasa con algún detalle la historia de España, a con tarde mitades del XIX, apenas si ha habido diez años seguidos en paz, libertad y bienestar y, pese a ello, el Derecho del Trabajo es hoy una realidad asombrosamente eficaz en su función de equilibrar los intereses contrapuestos de los factores de producción, protegiendo decididamente a aquellos que no son capaces de protegerse por sí mismos [trabajadores], pero consiguiendo a la vez la aceptación de quienes ven seriamente limitado su poder decisorio en la organización de la vida económica [empresarios]. Hablar de crisis del Derecho del Trabajo, de Derecho del Trabajo de la emergencia o, peor aún, de la fuga, huida o retirada de las normas laborales u otras afirmaciones por el estilo, es ir a contracorriente de los hechos, si es que no se hace por puro pasatiempo, como quien resuelve ecuaciones virtuales o construye jaulas de alambre para mosquitos, plausible empeño, si acaso, cuando se magnifica la audacia formal al precio de sacrificar la exactitud y utilidad de los contenidos. Lo cierto es que nunca, en país occidental alguno, el Derecho del Trabajo ha sido tan fuerte como hoy, ni jamás antes se ha extendido a tantos millones de empresas y trabajadores, de modo que en términos absolutos los consecuentes mejoran globalmente los precedentes, por lo que, a salvo de excepciones invisibles, el mejor Derecho del Trabajo es el Derecho del Trabajo que hoy conocemos. Los escépticos tienen el reto de localizar una docena de años en la que, desterrada la nostalgia, el Derecho del Trabajo español de entonces merezca un juicio más complaciente que el actual.

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Published

2003-01-07

How to Cite

de La Villa Gil, L. E. (2003). El Derecho del Trabajo en España a partir de la transición. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (238), 39–46. https://doi.org/10.51302/rtss.2003.8615