La protección de las familias monoparentales: ¿es la acumulación judicial de permisos una solución en derecho?
A propósito de la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Las Palmas de Gran Canaria 399/2022, de 29 de julio
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2023.10277Palabras clave:
prestación nacimiento, familia monoparental, duración, discriminación, cuidado de menor, interés superior de la persona menor, cuestiones procesalesResumen
El comentario analiza las diversas posiciones judiciales en torno a la duración del permiso por nacimiento en las familias monoparentales, 16 semanas de un progenitor o 32, acumulando el permiso como si existiesen dos progenitores. En espera de una debida reforma legal, los pronunciamientos judiciales asumen criterios opuestos. El núcleo central del debate reside en si existe discriminación de la madre monoparental frente a la biparental y/o, en su caso, de la persona menor cuidada, interpretando el artículo 14 de la Constitución española en clave de la Convención sobre los Derechos del Niño. Finalmente, se da cuenta de algún aspecto procesal, importante para la efectividad de la tutela judicial («juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado»). Y ello porque las sentencias favorables a acumular los permisos presentan ciertos inconvenientes para su ejecución.