La descentralización productiva en el sector público: la inclusión de cláusulas sociales en la contratación administrativa
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1042Palabras clave:
descentralización productiva, sector público, compra pública responsable, cláusulas sociales, supuestos excepcionales (COVID-19)Resumen
El fenómeno de la descentralización productiva conduce, generalmente, a un notorio debilitamiento de los derechos laborales. Con el fin de lograr una mayor protección de las personas trabajadoras, la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero, determina la obligatoriedad de incluir cláusulas sociales en la contratación administrativa con el fin de garantizar una compra pública responsable. Las cláusulas sociales están dirigidas a favorecer, entre otras cuestiones: la estabilidad en el empleo; la igualdad; la conciliación de la vida laboral, personal y familiar; y la promoción del empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social. Ahora bien, el procedimiento administrativo común previsto en la citada norma no es aplicable en supuestos excepcionales, como en la adjudicación de contratos públicos durante la pandemia ocasionada por la COVID-19. El artículo 120 de la citada ley reconoce que «cuando la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional» se acudirá a la tramitación de emergencia.
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