Aplicación de la «nulidad objetiva» al desistimiento del contrato de empleada del hogar embarazada: Un rayo de luz entre las sombras

Comentario a la STSJ de Madrid de 26 de septiembre de 2016, rec. núm. 352/2016

Autores/as

  • Margarita Miñarro Yanini Profesora Titular. Universidad Jaume I (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2017.1860

Resumen

Si debiera destacarse únicamente dos características socio-jurídicas del servicio del hogar familiar en España al margen de su muy frecuente opacidad, estas podrían ser la de estar absolutamente feminizado y contar tradicionalmente con una regulación jurídica notablemente inferior a la común en cuanto a garantía laborales, interpretadas estas en sentido extenso. Si bien la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, modificada por Real Decreto-Ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de la gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social, y el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, supusieron una mejora tanto desde el punto de vista de seguridad social como laboral, respectivamente, mantuvieron todavía importantes aspectos diferenciales, que determinan que siga siendo una relación laboral marginada en cuanto a derechos.

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Publicado

07-05-2017

Cómo citar

Miñarro Yanini, M. (2017). Aplicación de la «nulidad objetiva» al desistimiento del contrato de empleada del hogar embarazada: Un rayo de luz entre las sombras: Comentario a la STSJ de Madrid de 26 de septiembre de 2016, rec. núm. 352/2016. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (410), 132–137. https://doi.org/10.51302/rtss.2017.1860

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