Compatibilidad en el sector público de un contrato fijo discontinuo con otros contratos de trabajo en los periodos de inactividad

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, 1164/2024, de 1 de julio

Autores/as

  • Xavier Boltaina Bosch Profesor de los Estudios de Derecho y Ciencia Política. Universitat Oberta de Catalunya (España). Directivo público profesional, especialidad en recursos humanos https://orcid.org/0000-0002-7650-6513

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2024.24087

Palabras clave:

trabajo fijo discontinuo, Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades, personal al servicio de la Administración pública, periodo de inactividad, compatibilidad de servicios, empleo público

Resumen

La Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, 1164/2024, de 1 de julio, ha declarado que es posible la compatibilidad en la prestación de servicios entre un trabajo principal en el sector público, con carácter fijo discontinuo, y otro segundo puesto de trabajo también en el sector público, con carácter temporal, en los periodos de no prestación de servicios por inactividad.

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Publicado

07-11-2024

Cómo citar

Boltaina Bosch, X. (2024). Compatibilidad en el sector público de un contrato fijo discontinuo con otros contratos de trabajo en los periodos de inactividad: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, 1164/2024, de 1 de julio. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (483), 133–141. https://doi.org/10.51302/rtss.2024.24087