La indemnización por extinción de contrato en la relación laboral de alta dirección
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2552Palabras clave:
contrato de trabajo, extinción, indemnización, alta direcciónResumen
El principal efecto de la extinción de un contrato de trabajo, junto con la finalización del deber de prestación de servicios, es el devengo del derecho a percibir una indemnización por parte del trabajador. La dicotomía entre el carácter tasado de tal indemnización, por un lado, y la libertad de pactos que rige en la relación de alta dirección, por otro, obliga a tener que analizar con detenimiento cada uno de los parámetros a tener en cuenta en el momento de la cuantificación. Salario percibido –con especial atención al variable y al salario en especie– y años de prestación de servicios son los dos criterios a valorar y que se estudian a continuación, haciendo especial hincapié tanto en la práctica habitual actual como en las interpretaciones jurisprudenciales.