El desarrollo de la actividad sanitaria de los servicios de prevención de riesgos laborales
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2011.5093Palabras clave:
servicio de prevención de riesgos laborales, actividad sanitaria, vigilancia de la salud, servicio sanitarioResumen
El servicio de prevención es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados. Entre sus variadas funciones se encuentra la vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo, que incluye, entre otras y como principal actividad, a la vigilancia de la salud, que mediante procedimientos adecuadamente validados tiene como objetivo detectar sistemática y regularmente los síntomas y signos precoces de los daños derivados del trabajo, detectar las situaciones de riesgo, y proponer las medidas preventivas necesarias; y, en consecuencia, dicha vigilancia deberá estar integrada en la planificación de la actividad preventiva de la empresa. El reciente Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, se ha publicado con el objeto específico de establecer los requisitos técnicos y las condiciones mínimas exigidas a los servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales para su autorización y para el mantenimiento de los estándares de calidad en su funcionamiento; y en el mismo se detallan las actividades sanitarias que pueden desarrollar los servicios de prevención, así como cuáles son los recursos humanos y materiales necesarios para hacerlo adecuadamente.