Visión crítica de las funciones jurídicas del Consejo Económico y Social

Autores/as

  • Antonio José Vélez Toro Doctorando en Derecho. Universidad de Granada (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.1996.18247

Resumen

La principal ratio essendi del nuevo consejero socioeconómico reside en la emisión de dictámenes para el Gobierno de la Nación.

Las atribuciones del Consejo Económico y Social (en adelante, CES) las podemos clasificar en competencias primarias (ad extra) y secundarias (ad intra).

Dejando para más adelante las cuestiones internas u organizativas, las funciones primarias o exteriores las dividimos en emisiones a petición del Gobierno (preceptivas y facultativas) o a iniciativa propia. Completan las atribuciones ad extra la Memoria anual y las peticiones de información al Ejecutivo (competencia instrumental).

Dichas competencias no dan cabida en el propio corpus legis al carácter «de plataforma institucional permanente de diálogo y deliberación ...» de que habla la Exposición de Motivos.

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Publicado

07-07-1996

Cómo citar

Vélez Toro, A. J. (1996). Visión crítica de las funciones jurídicas del Consejo Económico y Social. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (160), 67–86. https://doi.org/10.51302/rtss.1996.18247