De la temporalidad masiva a la contratación flexi-segura: Reflexiones sobre un cambio de modelo
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2016.2170Palabras clave:
contrato temporal, contrato indefinido, despido, indemnización, empleoResumen
Este trabajo ha obtenido un Accésit en el Premio Estudios Financieros 2016 en la modalidad de Trabajo y Seguridad Social.
El actual modelo de contratación laboral está viciado por el uso abusivo y desviado de los contratos temporales. Lejos de los fines que la ley les atribuye, estos han funcionado como mecanismos empresariales de ajuste frente a las oscilaciones de la demanda, difundiendo precariedad e inestabilidad laboral entre una amplia cohorte de trabajadores y causando graves perjuicios en la productividad, el empleo y el sistema de Seguridad Social. Es preciso por ello poner fin a los excesos de la contratación temporal y recuperar la hegemonía del contrato indefinido. Pero un cambio enérgico en la institución nuclear del Derecho del Trabajo y en los usos arraigados del mercado laboral alterará los equilibrios internos del sistema de relaciones laborales, obligando a redefinir las relaciones entre contratación, flexibilidad interna y flexibilidad externa. Pese a sus ambigüedades, la flexiseguridad se presenta como la única alternativa posible –más que fiable– para orientar al Derecho del Trabajo en ese proceso de cambio.
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