La nueva regulación del procedimiento para reducir la edad de jubilación por coeficientes por la excepcional penosidad, toxicidad, peligrosidad e insalubridad de la actividad desarrollada: mucho más que una regulación rituaria
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2025.24679Resumen
Acompañado de gran difusión en los medios especializados y en las redes sociales profesionales, recientemente ha visto la luz el Real Decreto (RD) 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir el adelanto de la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores. Es esta la primera regulación del procedimiento para la reducción de la edad de jubilación por razón de la actividad desde la reforma del artículo 206 de la Ley general de la Seguridad Social (LGSS) operada por la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, lo que ha aumentado, si cabe, el interés sobre esta disposición. Por todo ello, se ha considerado oportuno, más que realizar un examen detallado de la norma de procedimiento –puesto que son numerosos los análisis que ya se han efectuado sobre la misma–, destacar sus aspectos fundamentales, revisitando, como antesala a estos, algunas claves normativas en torno a esta fórmula de jubilación a edad reducida.
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Derechos de autor 2025 Margarita Miñarro Yanini

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