Dos décadas de Ley, ¿veinte años de prevención de riesgos laborales?: Agridulce aniversario

Autores/as

  • Cristóbal Molina Navarrete Director de la Revista de Trabajo y Seguridad Social. Comentarios, casos prácticos (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2742

Resumen

1. El 10 de noviembre de 1995 aparecía en las páginas, en blanco y negro, del BOE, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). La LPRL más una estricta exigencia de nuestros compromisos comunitarios en esta materia –Directiva Marco– que una auténtica voluntad modernizadora, creaba unas notabilísimas expectativas, no ya solo en el ámbito normativo e institucional, sino también en el práctico. Por vez primera en nuestro Derecho posconstitucional –hasta ese momento el aspecto preventivo, a diferencia del reparador, entonces dominante, tenía rango de norma administrativa (Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo)–, se confiaba a una «ley» –auténtica «fe cívica»– no ya solo acabar –función práctica– con las insoportables tasas de accidentalidad laboral de ese tiempo –una vergüenza para nuestro sistema–, sino incluso provocar –función comunicativa– un cambio cultural al respecto. Demasiada ambición, podría pensarse, para una «ley» que, afectando al «corazón» mismo y a una de las dos «almas» de las relaciones laborales, la de «protección» frente a la de «producción», idealizaba en extremo el funcionamiento debido –ética, jurídica y económicamente (Deber Ser)– y orillaba en exceso, igualmente, la vida cotidiana en nuestras empresas –Ser–.

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Publicado

07-11-2015

Cómo citar

Molina Navarrete, C. (2015). Dos décadas de Ley, ¿veinte años de prevención de riesgos laborales?: Agridulce aniversario. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (392), 5–14. https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2742

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