El anticipo de la prestación por desempleo a los inmigrantes: la compra de un retorno
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2009.5495Palabras clave:
retorno, desempleo, abono acumulado y anticipado, extranjeros no comunitariosResumen
El Real Decreto-Ley 4/2008, de 19 de septiembre (BOE del 20), y el Real Decreto 1800/2008, de 3 de noviembre (BOE del 11), regula la posibilidad de abono, de forma anticipada y acumulada, del importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo a que tenga derecho el trabajador extranjero y que esté pendiente de percibir, condicionando su percepción al retorno voluntario a su país de origen, a cambio de no regresar a España en un plazo de tres años. En el presente trabajo se analizan las circunstancias en las que se enmarca esta medida, explicando el procedimiento a seguir para todos aquellos que decidan acogerse a ella.