Conclusiones de un estudio jurídico del mobbing: acoso moral y psicológico en el trabajo

Autores/as

  • María del Carmen Rodríguez Pérez Licenciada en Derecho. Máster en Asesoría Jurídica de Empresas. Universidad de Deusto. Doctoranda en la Universidad Autónoma de Madrid (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2008.5613

Palabras clave:

acoso moral, psicológico, mobbing

Resumen

El presente estudio es el resultado de la presentación de la correspondiente tesina sobre el mobbing, en la Universidad Autónoma de Madrid, en octubre de 2006. El tema elegido responde a la trascendencia social que ha existido en los últimos tiempos acerca de una nueva figura no tipificada todavía, como es el acoso moral y psicológico en el trabajo, que sí ha encontrado reconocimiento en algunos convenios colectivos y en sucesivas sentencias que analizan conductas, que en ningún caso van a ser toleradas en el futuro.

Con estas reflexiones, pretendo resaltar la repercusión del mobbing en las relaciones laborales y su relación con otras formas de acoso también perseguidas en nuestra sociedad actual, ya que cualquier tipo de menoscabo de la dignidad de la persona no se permitirá, constituyéndose en un valor en alza. La dignidad de la persona se protege por ser persona, con lo que supone tal concepto. En un mundo donde está claro que hay una concienciación social sobre la persecución de toda conducta que suponga una ruptura con el principio de dar un trato digno a cualquier persona por el hecho de ser persona, en gran medida y en especial a colectivos como las mujeres o los menores, así como en cualquier otra situación donde se produzca un menoscabo de la dignidad humana, también tiene razón de ser esta última reivindicación, como es el trato digno en el puesto de trabajo.

Tras unas consideraciones introductorias y resaltando la oportunidad del tema elegido, enumero las conclusiones a las que he llegado con mi investigación, que dan idea de la relevancia adquirida por este valor y la preocupación del legislador por su tutela y creo que aportan la gran consideración que merece en lo sucesivo el tratamiento de los nuevos riesgos laborales ligados a una rama de la prevención, quizás menos valorada en otros tiempos, como es la psicosociología y a la consideración de ciertos derechos laborales, que deben ser respetados, enmarcados en un trato digno en el puesto de trabajo. Es notoria la nueva dimensión de las relaciones laborales y su impacto en la productividad. No hay que subestimar la importancia de ciertos factores que influyen en el mayor aprovechamiento de la jornada laboral.

Hasta hace poco tiempo en España, el acoso moral y psicológico en el trabajo era una realidad desconocida, ni siquiera las víctimas eran, en la mayoría de los casos, conscientes del problema al que se enfrentaban. La salida a la luz de numerosos casos de mobbing y la publicación de unas cifras alarmantes de afectados en España y en Europa han provocado un incremento notable del número de denuncias y, con ello, de la necesidad de dar a estas situaciones una eficaz respuesta jurídica.

Las consecuencias del acoso sufrido no solo afectan a una persona desmotivada y con la salud mermada que tiene que afrontar cuantiosos gastos sanitarios sino que tiene una gran trascendencia en la empresa en la que ha causado baja la víctima y en la sociedad con un entorno afectado por la situación de violencia laboral sufrida. La pérdida de la imagen corporativa y las consecuencias negativas son mucho mayores de lo que pudiera pensarse en principio. El perjuicio causado es mayor que la búsqueda de un posible beneficio empresarial. Este tipo de conflictos produce situaciones alarmantes y afecta a todos los ámbitos. Con una notable repercusión laboral y social como el que este estudio pretende poner de manifiesto.

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Publicado

07-04-2008

Cómo citar

Rodríguez Pérez, M. del C. (2008). Conclusiones de un estudio jurídico del mobbing: acoso moral y psicológico en el trabajo. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (301), 1–28 (digital). https://doi.org/10.51302/rtss.2008.5613