Voluntariado y relación de trabajo: el valor indiciario del «compromiso de vinculación» previsto en la Ley 6/1996, de voluntariado social
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5757Palabras clave:
voluntariado, benevolencia, compromiso, retribuciónResumen
En los últimos años se presentan nuevos retos a la hora de distinguir una relación laboral de otros vínculos, de naturaleza jurídica muy distinta, pero similares al contrato de trabajo en cuanto a la materialización respectiva de los derechos y obligaciones que cada uno de ellos genera. A pesar de que los problemas de identificación se siguen planteando mayoritariamente al intentar deslindar el arrendamiento laboral de servicios del contrato de trabajo, también se generan discrepancias y dudas al diferenciar un vínculo laboral de otras formas de colaboración social menos frecuentes. Así, la actividad de colaboración social no lucrativa que realiza un voluntario en el seno de una organización altruista puede presentar muchos puntos de identidad con el desarrollo de una prestación laboral. Ante esta situación, con el fin de facilitar y agilizar el proceso de delimitación de figuras afines, la jurisprudencia tiende a revalorizar el compromiso escrito de vinculación con la organización que debe suscribir un voluntario en el momento en que inicia su labor de colaboración social, atribuyéndole un peso decisivo en el proceso de identificación.