Jubilación anticipada involutaria y ERE

Comentario a la STS, Sala de lo Social, de 24 de octubre de 2006, rec. núm. 4453/2004

Autores/as

  • Jesús González Velasco Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Magistrado (España)
  • Paz Vives Usano Profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Centro Universitario Luis Vives. CEU (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5761

Palabras clave:

jubilación anticipada, coeficientes reductores, ERE, cese involuntario

Resumen

Jubilación anticipada. Es cese involuntario a efectos de lo previsto en la disposición transitoria tercera.1.2.º de la LGSS el que se produce como consecuencia del ERE autorizado por la Administración, aunque los trabajadores afectados hayan sido individualizados contando con su aceptación a ser incluidos en el expediente. Aunque la opción por la prejubilación es voluntaria, el cese no lo es.

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Publicado

07-02-2007

Cómo citar

González Velasco, J., & Vives Usano, P. (2007). Jubilación anticipada involutaria y ERE: Comentario a la STS, Sala de lo Social, de 24 de octubre de 2006, rec. núm. 4453/2004. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (287), 223–234. https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5761

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