La nueva dimensión de la «afectación general» en la doctrina de la Sala 4.ª
Comentario a las Sentencias del Tribunal Supremo 43/2018, de 24 de enero, y 74/2018, de 30 de enero
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2018.1576Abstract
El artículo 191 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LRJS) se vale, en principio, de dos criterios para delimitar la recurribilidad de las sentencias dictadas por los juzgados de lo social: la materia y la cuantía litigiosa. Se suman a ellos cuatro situaciones más que, con independencia de los parámetros anteriores, amplían el ámbito de aplicación del recurso de suplicación: