De la ética del cuidado feminizada a la ética del cuidado humanizada. A propósito de la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias respecto al «complemento por maternidad»
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2019.1374Palabras clave:
discriminación, género, cuidados, sexoResumen
Este análisis trata sobre cuidados familiares, madres trabajadoras, bonificación contributiva y su extensión, en ciertos casos excepcionales, a los padres trabajadores. Recientemente, ha sido planteada por la Sala Social del TSJ de Canarias cuestión prejudicial ante el TJUE a propósito del «complemento por maternidad», por posible discriminación por razón de sexo, al excluir de forma absoluta e incondicional a los padres trabajadores que puedan probar que han cuidado en exclusiva a los/as hijos/as, como era el caso del demandante, pensionista de jubilación contributiva, viudo y padre de 4 hijos a los que educó en solitario tras morir la madre biológica. La práctica de cuidar no tiene sexo, tiene género, por ello es imprescindible extenderlo a la otra mitad de la población para caminar hacia una sociedad más corresponsable y (realmente) igualitaria.
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Citas
Magallón Portolés, C. (1998). Contribuciones feministas a una política de paz. En A. M. Portal Nieto (Ed.), Mujeres, derecho, participación política y empleo (pp. 85-106). Castellón de la Plana: Comunidad Europea: Fondo Social Europeo, Universitat Jaume I, Proyecto NOW 1998.