La declaración de «apta» ya no es suficiente: traslación de la carga de la prueba en situaciones de riesgo durante la lactancia natural
Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 8 de noviembre de 2017, recurso 1052/2014
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2018.1686Resumen
Es sabido que la Directiva 92/85/CEE, de 19 de octubre, promueve la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la mujer en situación de riesgo durante la lactancia. Dicha protección se activa en el caso de que esta desempeñe un puesto que resulte perjudicial para su salud o para la del menor lactante. Si no existe posibilidad de trasladarla a otro puesto de trabajo compatible, la directiva dispone el cese temporal en su puesto de trabajo y el derecho a percibir la correspondiente prestación sustitutoria del salario dejado de percibir.