¿Teoría de la unidad esencial del vínculo o ruptura de la cadena contractual? El tiempo apremia
Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 18 de noviembre de 2015, rec. núm. 4691/2015
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2016.2144Resumen
La limitación del uso de los contratos temporales ha cobrado especial relevancia desde la aprobación de la Directiva 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada. En ella, que inspira de forma decisiva el artículo 15 del ET, se encargaba a los Estados miembros la implantación de medidas destinadas a evitar su utilización abusiva, dejando un amplio margen de maniobra a la hora de su creación nacional.