Despido de profesor que consume pornografía durante un examen: Valor del informe médico
Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 3 de diciembre de 2015, rec. núm. 510/2015
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2016.2030Resumen
La frecuente litigiosidad de ciertas materias, como sucede con los conflictos por despido, no impide que aún existan cuestiones poco claras o excesivamente abiertas a la libre apreciación judicial, a pesar de su extraordinaria importancia para la correcta resolución del litigio. Tal sucede con las reglas sobre la configuración y la valoración de la prueba en el proceso laboral y de su empleo como puerta de acceso al recurso de suplicación. En buena medida esta indefinición viene motivada por la cicatera regulación que sobre estas cuestiones ofrecen tanto la LRJS como la LEC, a la que remite como norma supletoria.