Las máquinas de vending como sistema alternativo de la obligación de servicio de comedor

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 7 de marzo de 2017, recurso 291/2017

Autores/as

  • Raquel Poquet Catalá Profesora asociada. Universidad Internacional de La Rioja (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2018.1690

Resumen

La normativa legal en materia de comedor de empresa se contiene en el Decreto de 8 de junio de 1938 y en la Orden Ministerial de 30 de junio de 1938. El preámbulo del decreto señala que «las condiciones en que se desarrolla el trabajo han de responder al concepto de dignidad que nuestro Fuero de Trabajo proclama. Son contrarias a este principio aquellas costumbres que, establecidas bajo un régimen materialista, colocan al hombre, principal elemento de la producción, en condiciones algunas veces de inferioridad, en cuanto a la atención que se les dispensa, a los mismos instrumentos de las industrias». A continuación añade: «así sucede en la forma frecuente en que efectúan sus comidas los trabajadores, sentados en las aceras de las calles o alrededores de fábricas o talleres, expuestos a las inclemencias del tiempo y sin que los presida el decoro y sentido de orden que todos los actos de la vida han de tener». Así, el artículo 1 del decreto establece que «toda empresa sujeta a un régimen de trabajo que no conceda a sus obreros un plazo de dos horas para el almuerzo, y aquellas en que lo solicite la mitad del personal obrero, vienen obligadas a habilitar en el plazo de dos meses (…) un local comedor que les permita efectuar sus comidas a cubierto de los rigores del tiempo, y provistas de las correspondientes mesas, asientos y agua». En su artículo 2 se impone la obligación de que «cuando los trabajos deban efectuarse al aire libre, en obras eventuales, las empresas deberán habilitar barracones desmontables o cobertizos» y el artículo 3, el más polémico, dispone que «las empresas con locales permanentes que reúnan más de cincuenta trabajadores, deberán establecer, en el plazo de un año, comedores en los que, a base de una cooperación de la misma empresa, puedan los obreros efectuar sus comidas a precio módico».

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Descargas

Publicado

07-01-2018

Cómo citar

Poquet Catalá, R. (2018). Las máquinas de vending como sistema alternativo de la obligación de servicio de comedor: Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 7 de marzo de 2017, recurso 291/2017. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (418), 178–184. https://doi.org/10.51302/rtss.2018.1690

Artículos más leídos del mismo autor/a

1 2 > >>