Tecnovigilancia empresarial y derechos de los trabajadores (intento de construcción de una regla conceptual en el Derecho del Trabajo español)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2017.1778Palabras clave:
vigilancia empresarial, poder de control empresarial, nuevas tecnologíasResumen
Este trabajo ha obtenido el Accésit del Premio Estudios Financieros 2017 en la modalidad de Trabajo y Seguridad Social.
Los increíbles avances tecnológicos han encontrado una de sus manifestaciones más vistosas (y jurídicamente delicadas) en la redimensionada capacidad de control por parte del empresario respecto de la prestación laboral desarrollada por los trabajadores. El artículo 20.3 del ET, llamado a fijar los límites de actuación en la materia, apenas sí remite de forma difusa a la dignidad humana sin que el legislador haya procedido a actualizar un precepto preinformático.
En este contexto, ha sido la jurisprudencia (tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo) la encargada de asumir una labor cuasilegislativa e ir procediendo a decantar los límites del poder de control empresarial cuando chocan con los derechos fundamentales inespecíficos (a la intimidad –art. 18.1 CE–, al secreto de las comunicaciones –art. 18.3 CE– o a la autodeterminación informativa –art. 18.4 CE–) de los trabajadores.
El presente trabajo pretende, a partir del análisis de las doctrinas utilizadas por los altos tribunales patrios en pronunciamientos, ya clásicos, ya recientes (proporcionalidad de la medida empresarial, expectativa de intimidad del trabajador y autodeterminación informativa o protección de datos personales), construir una regla de síntesis que permita perfilar un poco más y mejor los límites del poder de control empresarial a partir del uso de las nuevas tecnologías.