La recaudación de las cuotas y demás recursos económicos de la Seguridad Social en el nuevo Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social

Autores/as

  • Antonio Tapia Hermida Profesor titular de Universidad. Letrado (en excedencia) de la Seguridad Social (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.1996.18195

Resumen

Por recaudación, en su acepción vulgar o usual, puede entenderse tanto la acción de recaudar como la cantidad recaudada, en la primera acepción ha de averiguarse qué se entiende por «recaudar», término que se define, por los diccionarios al uso, bien como «cobrar impuestos», bien como «recibir dinero por diversos conceptos». Es de llamar la atención cómo ya en su acepción vulgar la recaudación es vinculada a la actividad impositiva y al ejercicio del poder.

El significado vulgar resulta excesivamente difuso además de equívoco. Es en su sentido jurídico estricto donde el término adquiere toda su funcionalidad. Efectivamente la auténtica dimensión de aquel término se obtiene únicamente en su dimensión jurídica y aquí es unívoco. Aparece integrado en la noción más amplia de tributo, como una de las funciones o actividades integrantes de la gestión tributaria. La actividad, en definitiva, conducente a hacer efectivo el deber público consagrado en el artículo 31 de nuestra Constitución de que «todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio».

Por ello la primera cuestión que se plantea en relación con la recaudación de los recursos económicos de la Seguridad Social es el de la naturaleza de la «cuota de Seguridad Social», el segundo el de si un procedimiento que atribuye al Estado singulares privilegios porque regula el cumplimiento de un deber público de los ciudadanos, encuadrado en la Sección 2.ª, titulada «De los derechos y deberes de los ciudadanos», del Capítulo II del Título Primero de nuestra Constitución, regulador y definidor «De los derechos y libertades fundamentales», puede sin más aplicarse al cobro de cualesquiera derechos económicos del Estado.

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Publicado

07-02-1996

Cómo citar

Tapia Hermida, A. (1996). La recaudación de las cuotas y demás recursos económicos de la Seguridad Social en el nuevo Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (155), 3–32. https://doi.org/10.51302/rtss.1996.18195

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