¿Tiene límite la jurisdicción social en materia de accidente laboral? Condena solidaria, junto con la empresa, al fabricante y al servicio de prevención ajeno

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 21 de enero de 2014, rec. núm. 2251/2013

Autores/as

  • Juan Ignacio Marcos González Abogado. Vizcaya (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2014.2908

Resumen

Entre las principales novedades de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social –LRJS– de forma absoluta destaca la asignación a la jurisdicción social de la resolución de toda la problemática que rodea a los accidentes de trabajo. En definitiva se trata de:

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Publicado

07-04-2014

Cómo citar

Marcos González, J. I. (2014). ¿Tiene límite la jurisdicción social en materia de accidente laboral? Condena solidaria, junto con la empresa, al fabricante y al servicio de prevención ajeno: Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 21 de enero de 2014, rec. núm. 2251/2013. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (373), 95–98. https://doi.org/10.51302/rtss.2014.2908

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