«Trabajadores provisionalmente a tiempo parcial» (con reducción a cero del tiempo de trabajo, Kurzarbeit Null, a resultas de la aplicación de un plan social de acompañamiento a un despido colectivo), y su derecho a vacaciones anuales retribuidas
Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Quinta, de 8 de noviembre de 2012, asuntos acumulados C-229/11 y C-230/11, Alexander Heimann (C-229/11), Konstantin Toltschin (C-230/11) y Kaiser GMBH
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2013.3092Palabras clave:
«trabajadores provisionalmente a tiempo parcial», contrato de trabajo a tiempo parcial, trabajadores a tiempo completo, vacaciones anuales retribuidas, principio pro rata temporis, regulación de empleoResumen
La prórroga de los contratos de trabajo, a resultas de la aplicación de un plan social, mediante la suspensión, por reducción «a cero del tiempo de trabajo» (Kurzarbeit Null) de la obligación de trabajar que recae sobre el trabajador y de la obligación del empresario de pago del salario: ¿es equiparable a la reducción de la obligación de trabajar que resulta del paso por vía contractual (conversión) de un trabajo a tiempo completo a un trabajo a tiempo parcial?; ¿implica una reducción de las vacaciones anuales retribuidas comparable a las que el trabajador tiene derecho durante el trabajo a tempo parcial, pro rata temporis?