El programa temporal de protección por desempleo e inserción y su prórroga (Ley 14/2009, de 11 de noviembre)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2010.5321Palabras clave:
desempleo, prestación, programa temporal, Seguridad SocialResumen
La publicación de la Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción, puso fin a la reclamación suscitada por los sindicatos de que la medida, familiarmente conocida como la «ayuda de los 420 euros» para quienes agotan la prestación o subsidio por desempleo pudiera retrotraerse a 1 de enero de 2009.
Asimismo, la Ley 14/2009, de 11 de noviembre, ha incorporado y modificado otras cuestiones respecto a su antecesor el Real Decreto-Ley 10/2009, de 13 de agosto, con igual denominación que junto con su régimen jurídico merece la pena analizar en el presente comentario, tales como la concreción de que la prestación extraordinaria por desempleo sólo podrá obtenerse una sola vez; la variación del concepto de unidad familiar respecto al requisito de no superar la renta mínima o la incorporación de nuevos criterios respecto al mantenimiento, reanudación o extinción de la nueva prestación extraordinaria en función de la concreta situación del beneficiario. Se examinan asimismo las necesarias adaptaciones que la ley introduce respecto al citado decreto-ley, en particular en lo que atañe a los periodos de solicitud de la prestación extraordinaria por desempleo, así como la prórroga del programa por seis meses más.
Finalmente, a la vista de la nueva normativa parecía aconsejable realizar algunas sugerencias de cara a regulaciones posteriores que eviten en lo posible el mercado laboral clandestino, así como un breve comentario sobre la oportunidad de incorporar esta medida.