Caracteres del contrato de trabajo: diferencias con el contrato mercantil

Comentario a la STSJ de Aragón, Sala de lo Social, de 26 de julio de 2006, rec. núm. 682/2006

Autores/as

  • Djamil Tony Kahale Carrillo Doctor en Derecho. Universidad de Salamanca (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5721

Palabras clave:

contrato de trabajo, contratos mercantiles, arrendamiento de servicios

Resumen

Caracteres del contrato de trabajo. Arrendamiento de servicios. Para poder tipificar que una relación es laboral se requiere la prestación de servicios retribuidos por cuenta ajena dentro del ámbito de organización y dirección del empleador. El arrendamiento de servicios comporta, en sí mismo, una libertad de actuación profesional por parte del arrendatario que no se da cuando hay directrices concretas para la realización del trabajo encomendado y el ulterior control de dicho trabajo.

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Publicado

07-05-2007

Cómo citar

Kahale Carrillo, D. T. (2007). Caracteres del contrato de trabajo: diferencias con el contrato mercantil: Comentario a la STSJ de Aragón, Sala de lo Social, de 26 de julio de 2006, rec. núm. 682/2006. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (290), 185–194. https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5721

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