El ingreso de las cuotas de Seguridad Social fuera de plazo. La reclamación de deuda y el acta de liquidación
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2005.8899Resumen
La Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, estableció profundas modificaciones en materia de recaudación de cuotas de la Seguridad Social, que posteriormente han sido complementadas por el nuevo Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Con tal reforma se persigue la agilización y mejora de los procesos recaudatorios de la Seguridad Social aproximándose a la que rige en el ámbito tributario.
Este comentario aborda únicamente la modificación habida en el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social efectuada fuera de plazo reglamentario, distinguiendo a tal efecto cuatro tipos de recaudación según el momento y la forma en que se realiza el ingreso: 1) con presentación en plazo de los documentos de cotización; 2) sin presentación de los documentos de cotización; 3) la reclamación de deuda efectuada por la Tesorería General; y 4) los expedientes liquidatorios practicados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (requerimientos de pago, propuestas de liquidación y actas de liquidación). El período voluntario de ingreso de las cuotas de Seguridad Social concluye con la emisión de la providencia de apremio, con la que se inicia el período de recaudación ejecutiva y, en su caso, la ejecución forzosa.
A través de estas páginas se comenta la nueva regulación de estos tipos de recaudación (con especial incidencia en la reclamación de deuda y las actas de liquidación), analizándose de forma pormenorizada los requisitos, procedimiento y recargos aplicables a cada situación, con un enfoque práctico apoyado en cuadros-resúmenes para facilitar su comprensión.