Libertad (económica) de competencia y derecho (social) a la negociación laboral: ¿hacia una autonomía colectiva «supertutelada» por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia?

Autores/as

  • Cristóbal Molina Navarrete Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Jaén (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2020.916

Palabras clave:

libertad de competencia, negociación colectiva, derecho de huelga, estiba portuaria

Resumen

Aunque en el plano comunitario el derecho social a la negociación colectiva laboral tiene el mismo rango jurídico que la libertad de competencia, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia sigue empeñada en subordinar el derecho social a la libertad económica. Con un celo especial, la autoridad reguladora de la competencia viene sometiendo a una férrea supervisión el ejercicio tanto del derecho a la negociación colectiva (IV y V Acuerdo Marco de la Estiba) como del derecho de huelga por los sindicatos del sector de la estiba portuaria. A tal fin está practicando una política de control y presión más propia de un poder de intimidación (autoritario) que de una institución democrática. En este análisis de actualidad se realiza una crítica jurídica a este tipo de prácticas por considerarlas injustificadas y desproporcionadas, por lo que vulnera la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, sin embargo, dice defender.

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Publicado

07-12-2020

Cómo citar

Molina Navarrete, C. (2020). Libertad (económica) de competencia y derecho (social) a la negociación laboral: ¿hacia una autonomía colectiva «supertutelada» por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia?. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (453), 185–206. https://doi.org/10.51302/rtss.2020.916

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