Trabajo productivo (hombre), fuente de riesgo para el trabajo reproductivo (mujer): ¿Qué orden conoce de la responsabilidad?
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 1.ª, de 3 de diciembre de 2015, rec. núm. 558/2014
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2016.2020Abstract
Entre las muchas incertidumbres que envolvieron durante décadas el derecho a una indemnización justa de los trabajadores víctimas de daños profesionales, así como de sus causahabientes, estuvo el conocido como «peregrinaje de jurisdicciones». Este defecto, que obligaba al trabajador o sus herederos a recorrer diversos órdenes –sobre todo civil, social y penal– para lograr una razonable satisfacción de su justa reclamación económica –resultando con frecuencia no solo tardías sino muy desiguales las respuestas–, fue una de las máximas encarnaciones del caos y la dispersión de que adoleció, y aún hoy, sufre, la regulación legislativa en esta materia.