Un nuevo paso en la jubilación flexible
La nueva regulación de la jubilación parcial y del contrato de relevo
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2001.8473Abstract
La Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad (BOE de 10 de julio) ha modificado, entre otros preceptos, el apartado 6 del artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, viéndose alterada la regulación del contrato de relevo y, de esta forma, la jubilación parcial. Esta modificación no se contemplaba en el Real Decreto-Ley 5/2001 (antecedente de la Ley 12/2001) ya que aquélla derivó de una enmienda presentada, en la tramitación de la Ley en el Senado, por el Grupo Parlamentario Popular, de ahí que en los comentarios que se efectuaron a la reforma laboral en el número 217 de esta misma Revista no se incluyera este aspecto.
Conocer y analizar la nueva regulación de la figura de la jubilación parcial, así como del contrato de relevo, que, por otra parte, lleva al ordenamiento laboral y de la Seguridad Social el contenido, en esta materia, del Acuerdo Social de 9 de abril de 2001 y compararlo con la normativa que se venía aplicando con anterioridad, es el objeto del trabajo que se reproduce a continuación.