Autotutela empresarial, secreto de comunicaciones y control judicial: la Sala Social pierde el paso con la Sala Penal

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 2.ª, de 16 de junio de 2014, rec. núm. 2229/2013

Autores/as

  • Cristóbal Molina Navarrete Catedrático. Universidad de Jaén (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2014.3074

Resumen

En un Estado Constitucional de Derecho el problema principal, a menudo, no está en el reconocimiento de derechos fundamentales de las personas adaptados a las nuevas realidades socio-económicas, sino en el ejercicio de las «garantías de mayor efectividad» de los mismos. Si un derecho, se dice, vale tanto como sus garantías, la cuestión se centra en determinar, ante la pluralidad de ellas, a menudo todas compatibles en un sistema jurídico complejo como es el español, pero conflictivas, cuál es la vía más adecuada para exigirlo en la práctica social, en nuestro caso, en el mundo del trabajo. Precisamente, algunos temas de actualidad evidencian una cierta «re-criminalización» del ámbito laboral, en un sentido y otro, esto es, favorable a una mayor protección de los derechos de los trabajadores, al menos en línea de principio, ante el fallo o la ausencia de una protección efectiva por parte de las «garantías laborales» clásicas, pero también contra esa posición «especial» típica del ordenamiento jurídico-laboral.

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Publicado

07-12-2014

Cómo citar

Molina Navarrete, C. (2014). Autotutela empresarial, secreto de comunicaciones y control judicial: la Sala Social pierde el paso con la Sala Penal: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 2.ª, de 16 de junio de 2014, rec. núm. 2229/2013. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (381), 157–162. https://doi.org/10.51302/rtss.2014.3074

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