La reforma de la Seguridad Social

Comentarios a la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social

Autores/as

  • José Antonio Panizo Robles Administrador Civil del Estado. Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2008.5993

Palabras clave:

reforma, Seguridad Social, sistema de pensiones, incapacidad temporal, incapacidad permanente, jubilación, jubilación anticipada, jubilación parcial, viudedad, pareja de hecho, orfandad, prestaciones familiares

Resumen

El sistema de la Seguridad Social español –al igual que sucede con los sistemas de nuestro entorno– ha estado sometido en las dos últimas décadas a constantes revisiones, con la finalidad de perfeccionar sus mecanismos protectores, al tiempo que se pretendía profundizar en su consolidación y viabilidad futuras. Estas reformas han tenido una continuidad mayor desde el Pacto de Toledo de 1995 (y su renovación parlamentaria de 2003) ya que si en este consenso político se parte de la defensa del sistema de la Seguridad Social que a lo largo de casi 100 años ha ido construyendo la sociedad española, también propugna la constante adaptación del sistema a las realidades socio-económicas presentes en cada momento. Tras el Pacto de Toledo y mediando dos Acuerdos sociales (los correspondientes a 1996 y 2001) sobre el sistema de la Seguridad Social se proyectaron las reformas operadas en las Leyes 24/1997 y 35/2002, al tiempo que otras reformas de menor calado.

En el mismo objetivo, en el Acuerdo social de 13 de julio de 2006, el Gobierno y todas las organizaciones sociales que gozan de mayor representatividad propugnaban la necesidad de ir incorporando, de forma paulatina, los necesarios ajustes que permitan afrontar los retos derivados del envejecimiento de la población, aprovechando también los elementos positivos del sistema que le dan certidumbre y le mantienen en una posición de estabilidad y viabilidad a medio plazo y mejorando la cobertura social de las situaciones de menor protección. Los compromisos contenidos en el Acuerdo de 2006 se recogen en la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social (complementada, a estos efectos, con la Ley 35/2007, de 15 de noviembre, por la que se establece la deducción por nacimiento o adopción de hijo en el IRPF y la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento o adopción –denominada ya popularmente como la «Ley del cheque-bebé»–) a través de la cual se modifican, con las finalidades señaladas, casi todas las instituciones jurídicas que afectan al marco de la acción protectora de la Seguridad Social, así como al marco regulador de las diferentes prestaciones económicas y, en especial, el de las pensiones.

En el presente trabajo se efectúa un análisis detallado de la Ley 40/2007, a través de la explicación del contenido de los diferentes artículos y demás disposiciones recogidas en aquella, así como de sus antecedentes, de modo que se puede comprender mejor la finalidad y el alcance de la reforma, teniendo en cuenta que la contenida en la citada Ley no será la última que se cierna sobre el sistema de la Seguridad Social, sino que, en la senda indicada en 1995, aquel habrá de seguir adaptándose a las modificaciones socio-económicas que se vayan produciendo, siguiendo al efecto las indicaciones recogidas en la recomendación 15.ª del Pacto de Toledo, así como en la reformulación parlamentaria del mismo de 2003.

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Publicado

07-01-2008

Cómo citar

Panizo Robles, J. A. (2008). La reforma de la Seguridad Social: Comentarios a la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (298), 3–114. https://doi.org/10.51302/rtss.2008.5993

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