El convenio colectivo en el trabajo externalizado: el Tribunal Supremo aplica el nuevo artículo 42.6 del Estatuto de los Trabajadores

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 815/2022, de 6 de octubre

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2022.7255

Palabras clave:

convenio colectivo aplicable, empresas multiservicio, reforma laboral

Resumen

El nuevo artículo 42.6 del Estatuto de los Trabajadores, relativo al convenio aplicable de las personas trabajadoras de empresas contratistas y subcontratistas, establece una regla general y varias excepciones. Con ello, la reforma laboral ha introducido en la norma las pautas jurisprudenciales, a fin de evitar las prácticas abusivas y desleales.

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Publicado

28-10-2022 — Actualizado el 07-11-2022

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Cómo citar

Miñarro Yanini, M. (2022). El convenio colectivo en el trabajo externalizado: el Tribunal Supremo aplica el nuevo artículo 42.6 del Estatuto de los Trabajadores: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 815/2022, de 6 de octubre. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (471), 161–169. https://doi.org/10.51302/rtss.2022.7255 (Original work published 28 de octubre de 2022)

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