El permiso por lactancia: ¿es acumulable o no?
Comentario a la STS, Sala de lo Social, de 20 de junio de 2005, rec. núm. 83/2004
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2005.8977Resumen
La licencia para atender la lactancia del hijo es susceptible de disfrute en bloque de tiempo superior a la hora diaria, por acumulación del tiempo mediante el permiso de un mes retribuido.