Acotando el accidente de trabajo en misión. No lo es la caída en la ducha del hotel

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 278/2023, de 18 de abril

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2023.19107

Palabras clave:

accidente de trabajo, misión, hotel, causalidad, caída, ducha, trabajo

Resumen

El Tribunal Supremo reafirma los contornos del accidente de trabajo, aclarando que no todo lo sucedido en el tiempo que constituye la misión merece tal consideración. En concreto, en la sentencia comentada se advierte que no es accidente de trabajo la caída en el baño del hotel, mientras se toma una ducha, por no concurrir circunstancias especiales que permitan trabar la relación de causalidad con la actividad productiva.

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Publicado

06-09-2023

Cómo citar

Menéndez Sebastián, P. (2023). Acotando el accidente de trabajo en misión. No lo es la caída en la ducha del hotel: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 278/2023, de 18 de abril. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (476), 215–222. https://doi.org/10.51302/rtss.2023.19107

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